Reforma a la Ley Antilavado 2025: Claves para desarrolladores e inversionistas institucionales
- Axel Estrada Medina
- 24 sept
- 2 Min. de lectura
Actualizado: hace 1 día

El 16 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI). Esta actualización busca fortalecer la transparencia corporativa, robustecer las obligaciones de los sujetos obligados y mejorar la coordinación entre autoridades mexicanas en línea con las recomendaciones internacionales del GAFI.
A continuación, los principales cambios que impactan al sector inmobiliario, financiero y tecnológico:
1. Reducción del umbral del Beneficiario Controlador
La reforma establece la obligación de identificar a las personas que ejerzan el control efectivo de más del 25% del capital social, como beneficiarios controladores. Además, se agrega un nuevo Capítulo IV Bis que establece obligaciones adicionales para sociedades mercantiles, sean sujetos obligados en materia de PLD o no, incluyendo registro y avisos relacionados con beneficiarios controladores. Esto refuerza la trazabilidad y exige mayor transparencia en la estructura de propiedad de las empresas.
2. Nuevos supuestos para Actividades Vulnerables
Se incorpora expresamente la recepción de recursos para el desarrollo inmobiliario como una actividad vulnerable independiente.
Se actualizan los umbrales en UMAs para diversas actividades vulnerables, tales como compraventa de inmuebles, arrendamiento e intermediación, lo que obliga a desarrolladores, brokers y fiduciarias a revisar sus procesos de identificación y presentación de avisos.
3. Obligaciones para operaciones con activos virtuales
La fracción relativa a operaciones con activos virtuales (criptoactivos) se refuerza con obligaciones de:
Obtener y conservar información del originante, receptor y beneficiario controlador.
Reportar operaciones inusuales o relevantes a la UIF.
Ajustar procedimientos internos conforme a reglas de carácter general.
Esto impacta a plataformas fintech, fondos de inversión digital y modelos basados en criptoactivos.
4. Mayor coordinación interinstitucional
La reforma robustece la colaboración entre la SHCP, la UIF y autoridades fiscales, previendo intercambio más ágil de información y mayor alineación entre cumplimiento fiscal y prevención de lavado de dinero. También se mandata la implementación de programas de capacitación interinstitucional.
5. Sanciones y obligaciones reforzadas
El nuevo marco incrementa las consecuencias por incumplimiento:
Nuevas figuras sancionatorias, como la suspensión temporal de operaciones.
Mayores rangos de multas y posibilidad de clausura.
Refuerzo de obligaciones operativas: auditorías independientes, monitoreo automatizado y constante, programas de capacitación anual, identificación reforzada de PEPs y designación formal de un Representante Encargado de Cumplimiento. Además de, llevar a cabo una evaluación con un enfoque basado en riesgos que permita: identificar, analizar, entender y mitigar el nivel de riesgo inherente a la operación, así como el de sus Clientes o Usuarios.
6. Financiamiento de desarrollos inmobiliarios a través de sociedades mercantiles
Cuando el financiamiento de proyectos inmobiliarios se realiza mediante aportaciones de capital a sociedades mercantiles, dichas operaciones pueden considerarse comprendidas en la nueva categoría de “recepción de recursos para el desarrollo inmobiliario”. En consecuencia, estos esquemas societarios quedan sujetos a las obligaciones de la LFPIORPI en los términos de la reforma, incluyendo identificación de clientes, reportes a la UIF y conservación de información.
La Reforma 2025 a la LFPIORPI requiere de atención prioritaria para el correcto cumplimiento de obligaciones. Requiere, en especial a desarrolladores inmobiliarios, fondos y operadores de activos virtuales fortalecer sus estructuras internas de cumplimiento, gobierno corporativo y debida diligencia. Prepararse implica revisar protocolos de KYC, estructuras societarias, contratos y sistemas de monitoreo para alinearse con las nuevas disposiciones.